Contamos con un área especializada encargada de la contabilidad teniendo en cuenta que las copropiedades, son entidades sin ánimo de lucro, por tanto, se aplicará la normatividad establecida por el artículo 45 de la Ley 190 del 1995, el artículo 364 del estatuto tributario y el Titulo IV del Código de Comercio, con las mejores prácticas contables y con contadores titulados especializados en el tema contable.